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4 Mose  


35 : 1 En las llanuras de Moab, cerca del Jordan, a la altura de Jerico, el Senor le dijo a Moises:
35 : 2 Ordenales a los israelitas que, de las heredades que reciban, entreguen a los levitas ciudades donde vivir, junto con las tierras que rodean esas ciudades.
35 : 3 De esta manera los levitas tendran ciudades donde vivir y tierras de pastoreo para su ganado, rebanos y animales.
35 : 4 Las tierras de pastoreo que entreguen a los levitas rodearan la ciudad, a quinientos metros de la muralla.
35 : 5 A partir de los limites de la ciudad, ustedes mediran mil metros hacia el este, mil hacia el sur, mil hacia el oeste y mil hacia el norte. La ciudad quedara en el centro. Estas seran las tierras de pastoreo de sus ciudades.
35 : 6 De las ciudades que recibiran los levitas, seis seran ciudades de refugio. A ellas podra huir cualquiera que haya matado a alguien. Ademas de estas seis ciudades, les entregaran otras cuarenta y dos.
35 : 7 En total, les daran cuarenta y ocho ciudades con sus tierras de pastoreo.
35 : 8 El numero de ciudades que los israelitas entreguen a los levitas de la tierra que van a heredar, debera ser proporcional a la heredad que le corresponda a cada tribu. Es decir, de una tribu numerosa se tomara un numero mayor de ciudades, mientras que de una tribu pequena se tomara un numero menor de ciudades.
35 : 9 El Senor le ordeno a Moises
35 : 10 que les dijera a los israelitas: Cuando crucen el Jordan y entren a Canaan,
35 : 11 escojan ciudades de refugio adonde pueda huir quien inadvertidamente mate a alguien.
35 : 12 Esa persona podra huir a esas ciudades para protegerse del vengador. Asi se evitara que se mate al homicida antes de ser juzgado por la comunidad.
35 : 13 Seis seran las ciudades que ustedes reservaran como ciudades de refugio.
35 : 14 Tres de ellas estaran en el lado este del Jordan, y las otras tres en Canaan.
35 : 15 Estas seis ciudades les serviran de refugio a los israelitas y a los extranjeros, sean estos inmigrantes o residentes. Cualquiera que inadvertidamente de muerte a alguien, podra refugiarse en estas ciudades.
35 : 16 Si alguien golpea a una persona con un objeto de hierro, y esa persona muere, el agresor es un asesino y sera condenado a muerte.
35 : 17 Si alguien golpea a una persona con una piedra, y esa persona muere, el agresor es un asesino y sera condenado a muerte.
35 : 18 Si alguien golpea a una persona con un pedazo de madera, y esa persona muere, el agresor es un asesino y sera condenado a muerte.
35 : 19 Correspondera al vengador matar al asesino. Cuando lo encuentre, lo matara.
35 : 20 Si alguien mata a una persona por haberla empujado con malas intenciones, o por haberle lanzado algo intencionalmente,
35 : 21 o por haberle dado un punetazo por enemistad, el agresor es un asesino y sera condenado a muerte. Cuando el vengador lo encuentre, lo matara.
35 : 22 Pero podria ocurrir que alguien sin querer empuje a una persona, o que sin mala intencion le lance algun objeto,
35 : 23 o que sin darse cuenta le deje caer una piedra, y que esa persona muera. Como en este caso ellos no eran enemigos, ni hubo intencion de hacer dano,
35 : 24 sera la comunidad la que, de acuerdo con estas leyes, debera arbitrar entre el acusado y el vengador.
35 : 25 La comunidad debera proteger del vengador al acusado, dejando que el acusado regrese a la ciudad de refugio adonde huyo, y que se quede alli hasta la muerte del sumo sacerdote que fue ungido con el aceite sagrado.
35 : 26 Pero si el acusado sale de los limites de la ciudad de refugio adonde huyo,
35 : 27 el vengador podra matarlo, y no sera culpable de homicidio si lo encuentra fuera de la ciudad.
35 : 28 Asi que el acusado debe permanecer en su ciudad de refugio hasta la muerte del sumo sacerdote. Despues de eso podra volver a su heredad.
35 : 29 Esta ley regira siempre sobre todos tus descendientes, dondequiera que vivan.
35 : 30 Solo por el testimonio de varios testigos se le podra dar muerte a una persona acusada de homicidio. Nadie podra ser condenado a muerte por el testimonio de un solo testigo.
35 : 31 No aceptaras rescate por la *vida de un asesino condenado a muerte. Tendra que morir.
35 : 32 Tampoco aceptaras rescate para permitir que el refugiado regrese a vivir a su tierra antes de la muerte del sumo sacerdote.
35 : 33 No profanes la tierra que habitas. El derramamiento de sangre *contamina la tierra, y solo con la sangre de aquel que la derramo es posible hacer *expiacion en favor de la tierra.
35 : 34 No profanes la tierra donde vives, y donde yo tambien vivo, porque yo, el Senor, habito entre los israelitas.