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Levitico  


25 : 1 Y JEHOVA hablo a Moises en el monte de Sinai, diciendo:
25 : 2 Habla a los hijos de Israel, y diles: Cuando hubiereis entrado en la tierra que yo os doy, la tierra hara sabado a Jehova.
25 : 3 Seis anos sembraras tu tierra, y seis anos podaras tu vina, y cogeras sus frutos;
25 : 4 Y el septimo ano la tierra tendra sabado de holganza, sabado a Jehova: no sembraras tu tierra, ni podaras tu vina.
25 : 5 Lo que de suyo se naciere en tu tierra segada, no lo segaras; y las uvas de tu vinedo no vendimiaras: ano de holganza sera a la tierra.
25 : 6 Mas el sabado de la tierra os sera para comer a ti, y a tu siervo, y a tu sierva, y a tu criado, y a tu extranjero que morare contigo:
25 : 7 Y a tu animal, y a la bestia que hubiere en tu tierra, sera todo el fruto de ella para comer.
25 : 8 Y te has de contar siete semanas de anos, siete veces siete anos; de modo que los dias de las siete semanas de anos vendran a serte cuarenta y nueve anos.
25 : 9 Entonces haras pasar la trompeta de jubilacion en el mes septimo a los diez del mes; el dia de la expiacion hareis pasar la trompeta por toda vuestra tierra.
25 : 10 Y santificareis el ano cincuenta, y pregonareis libertad en la tierra a todos sus moradores: este os sera jubileo; y volvereis cada uno a su posesion, y cada cual volvera a su familia.
25 : 11 El ano de los cincuenta anos os sera jubileo: no sembrareis, ni segareis lo que naciere de suyo en la tierra, ni vendimiareis sus vinedos:
25 : 12 Porque es jubileo: santo sera a vosotros; el producto de la tierra comereis.
25 : 13 En este ano de jubileo volvereis cada uno a su posesion.
25 : 14 Y cuando vendiereis algo a vuestro projimo, o comprareis de mano de vuestro projimo, no engane ninguno a su hermano:
25 : 15 Conforme al numero de los anos despues del jubileo compraras de tu projimo; conforme al numero de los anos de los frutos te vendera el a ti.
25 : 16 Conforme a la multitud de los anos aumentaras el precio, y conforme a la disminucion de los anos disminuiras el precio; porque segun el numero de los rendimientos te ha de vender el.
25 : 17 Y no engane ninguno a su projimo; mas tendras temor de tu Dios: porque yo soy Jehova vuestro Dios.
25 : 18 Ejecutad, pues, mis estatutos, y guardad mis derechos, y ponedlos por obra, y habitareis en la tierra seguros;
25 : 19 Y la tierra dara su fruto, y comereis hasta hartura, y habitareis en ella con seguridad.
25 : 20 Y si dijereis: Que comeremos el septimo ano? he aqui no hemos de sembrar, ni hemos de coger nuestros frutos:
25 : 21 Entonces yo os enviare mi bendicion el sexto ano, y hara fruto por tres anos.
25 : 22 Y sembrareis el ano octavo, y comereis del fruto anejo; hasta el ano noveno, hasta que venga su fruto comereis del anejo.
25 : 23 Y la tierra no se vendera rematadamente, porque la tierra mia es; que vosotros peregrinos y extranjeros sois para conmigo.
25 : 24 Por tanto, en toda la tierra de vuestra posesion, otorgareis redencion a la tierra.
25 : 25 Cuando tu hermano empobreciere, y vendiere algo de su posesion, vendra el rescatador, su cercano, y rescatara lo que su hermano hubiere vendido.
25 : 26 Y cuando el hombre no tuviere rescatador, si alcanzare su mano, y hallare lo que basta para su rescate;
25 : 27 Entonces contara los anos de su venta, y pagara lo que quedare al varon a quien vendio, y volvera a su posesion.
25 : 28 Mas si no alcanzare su mano lo que basta para que vuelva a el, lo que vendio estara en poder del que lo compro hasta el ano del jubileo; y al jubileo saldra, y el volvera a su posesion.
25 : 29 Y el varon que vendiere casa de morada en ciudad cercada, tendra facultad de redimirla hasta acabarse el ano de su venta: un ano sera el termino de poderse redimir.
25 : 30 Y si no fuere redimida dentro de un ano entero, la casa que estuviere en la ciudad murada quedara para siempre por de aquel que la compro, y para sus descendientes: no saldra en el jubileo.
25 : 31 Mas las casas de las aldeas que no tienen muro alrededor, seran estimadas como una haza de tierra: tendran redencion, y saldran en el jubileo.
25 : 32 Pero en cuanto a las ciudades de los Levitas, siempre podran redimir los Levitas las casas de las ciudades que poseyeren.
25 : 33 Y el que comprare de los Levitas, saldra de la casa vendida, o de la ciudad de su posesion, en el jubileo: por cuanto las casas de las ciudades de los Levitas es la posesion de ellos entre los hijos de Israel.
25 : 34 Mas la tierra del ejido de sus ciudades no se vendera, porque es perpetua posesion de ellos.
25 : 35 Y cuando tu hermano empobreciere, y se acogiere a ti, tu lo ampararas: como peregrino y extranjero vivira contigo.
25 : 36 No tomaras usura de el, ni aumento; mas tendras temor de tu Dios, y tu hermano vivira contigo.
25 : 37 No le daras tu dinero a usura, ni tu vitualla a ganancia:
25 : 38 Yo Jehova vuestro Dios, que os saque de la tierra de Egipto, para daros la tierra de Canaan, para ser vuestro Dios.
25 : 39 Y cuando tu hermano empobreciere, estando contigo, y se vendiere a ti, no le haras servir como siervo:
25 : 40 Como criado, como extranjero estara contigo; hasta el ano del jubileo te servira.
25 : 41 Entonces saldra de contigo, el y sus hijos consigo, y volvera a su familia, y a la posesion de sus padres se restituira.
25 : 42 Porque son mis siervos, los cuales saque yo de la tierra de Egipto: no seran vendidos a manera de siervos.
25 : 43 No te ensenorearas de el con dureza, mas tendras temor de tu Dios.
25 : 44 Asi tu siervo como tu sierva que tuvieres, seran de las gentes que estan en vuestro alrededor: de ellos comprareis siervos y siervas.
25 : 45 Tambien comprareis de los hijos de los forasteros que viven entre vosotros, y de los que del linaje de ellos son nacidos en vuestra tierra, que estan con vosotros; los cuales tendreis por posesion:
25 : 46 Y los poseereis por juro de heredad para vuestros hijos despues de vosotros, como posesion hereditaria; para siempre os servireis de ellos; empero en vuestros hermanos los hijos de Israel, no os ensenoreareis cada uno sobre su hermano con dureza.
25 : 47 Y si el peregrino o extranjero que esta contigo, adquiriese medios, y tu hermano que esta con el empobreciere, y se vendiere al peregrino o extranjero que esta contigo, o a la raza de la familia del extranjero;
25 : 48 Despues que se hubiere vendido, podra ser rescatado: uno de sus hermanos lo rescatara;
25 : 49 O su tio, o el hijo de su tio lo rescatara, o el cercano de su carne, de su linaje, lo rescatara; o si sus medios alcanzaren, el mismo se redimira.
25 : 50 Y contara con el que lo compro, desde el ano que se vendio a el hasta el ano del jubileo: y ha de apreciarse el dinero de su venta conforme al numero de los anos, y se hara con el conforme al tiempo de un criado asalariado.
25 : 51 Si aun fueren muchos anos, conforme a ellos volvera para su rescate del dinero por el cual se vendio.
25 : 52 Y si quedare poco tiempo hasta el ano del jubileo, entonces contara con el, y devolvera su rescate conforme a sus anos.
25 : 53 Como con tomado a salario anualmente hara con el: no se ensenoreara en el con aspereza delante de tus ojos.
25 : 54 Mas si no se redimiere en esos anos, en el ano del jubileo saldra, el, y sus hijos con el.
25 : 55 Porque mis siervos son los hijos de Israel; son siervos mios, a los cuales saque de la tierra de Egipto: Yo Jehova vuestro Dios.